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  ARBITRAJE    
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     Cláusula arbitral     

 

Las partes intervinientes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente contrato o relacionados con él, directo o indirectamente, se resolverán definitivamente mediante arbitraje en el marco del Servicio de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Gipuzkoa, a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de los árbitros de acuerdo con su Reglamento.

Igualmente las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte.



 
 Junio 2007(*) Gipuzkoa: 2.6 País Vasco:2.5 España: 2.4     (*) Nueva base 2006