Soporte en la tramitación de la solicitud del Número de Exportador Autorizado
QUÉ IMPLICA OBTENER LA CONDICIÓN DE EXPORTADOR AUTORIZADO (A EFECTOS DE ORIGEN)
La acreditación del origen preferencial de las mercancías puede hacerse mediante el Certificado de Circulación EUR.1. No obstante, en la mayoría de los acuerdos comerciales de la UE existe una vía simplificada: solicitar a la autoridad aduanera un Número de Exportador Autorizado (EA). Con este estatuto, la prueba de origen se sustituye por una declaración en factura (u otro documento comercial), evitando tener que gestionar y sellar un EUR.1 en cada envío.
REQUISITOS PARA SOLICITAR EL NÚMERO DE EXPORTADOR AUTORIZADO
Es necesario presentar información y documentación sobre la empresa y sobre los productos a exportar (fabricación, componentes, proveedores, etc.). Dado que el expediente puede resultar complejo, la Cámara ofrece apoyo para preparar la solicitud y agilizar su tramitación.
A QUIÉN SE DIRIGE
Para compañías que exportan a países con acuerdos preferenciales con la UE, entre ellos: Corea del Sur, Argelia, Albania, Bosnia-Hercegovina, Serbia, Montenegro, Centroamérica, Chile, Ecuador, Egipto, Islandia, Islas Feroe, Israel, Jordania, Líbano, Macedonia, Melilla, México, Noruega, Sudáfrica, Suiza, Turquía, Marruecos, Túnez, Perú, Colombia, entre otros.
PLAN DE TRABAJO
- Sesión inicial: revisión de la operativa, catálogo a exportar y destinos previstos.
- Análisis de las normas de origen aplicables a los productos.
- Preparación del expediente (dossier) para la obtención del Número de Exportador Autorizado.
- Presentación y tramitación de la solicitud ante la Aduana.
- Acompañamiento y seguimiento hasta la resolución.
COSTE DEL SERVICIO: 500 + IVA
Información
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943 000 276
