Convocatoria extraordinaria 2020 Programa InnoCámaras

Subvención del 100% en tu próxima inversión. Concretamente, si realizas la inversión entre octubre, noviembre y/o diciembre de este año, dicha inversión será subvencionada en su totalidad, con un límite de 7.000€, si bien las implantaciones pueden ser de mayor cantidad.

 

Fase I - Diagnósticos de Innovación Comercial 2020 para el desarrollo de la innovación como medida para hacer frente al impacto económico provocado por la COVID-19.

Esta actuación tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de los comercios, mediante la realización de Diagnósticos individualizados e informe de recomendaciones de mejora, a fin de impulsar la adopción, por parte de los mismos de metodologías y soluciones que permitan mejorar su situación competitiva.

El Programa está subvencionado al 100%.

 

Fase II - Programa InnoCámaras. Implantación de la innovación en el comercio.

Posterior a la primera fase, se procede a la implantación de la innovación en el comercio.

En esta ocasión y de manera excepcional, el Programa se centrará exclusivamente en la ejecución de las inversiones que realicen los comercios beneficiarios, conforme a un catálogo cerrado de gastos elegibles en materia de innovación que se indican a continuación:

ALGUNAS ACTIVIDADES ELEGIBLES

  • Soluciones de Gestión (cobros y pagos, contabilidad, clientes, CRM, ERP, RMS)
  • Soluciones específicas hostelería y turismo (TPV y Menú Engineering)
  • E-Soluciones específicas para el comercio (TPV)
  • Sistemas de vigilancia e inteligencia competitiva y Business Analytics
  • Comunicaciones. Red wifi para clientes
  • Sistemas de fidelización
  • Señalética digital, etc...

ALGUNOS GASTOS ELEGIBLES

  • Implantación de aplicaciones informáticas específicas
  • Derechos de uso de soluciones en la nube, incluyéndose tanto el alta en el servicio como la adquisición de licencias de uso, durante un plazo de vigencia máximo de 12 meses a contar desde la fecha de la firma del contrato con las empresas beneficiarias. Para poder considerar como elegible el gasto de los 12 meses, la empresa deberá abonar la cantidad correspondiente por adelantado.
  • Hardware específico que sea estrictamente necesario para la utilización de la solución implantada, excluyendo, de forma general, servidores y ordenadores, tanto portátiles como de sobremesa. 

Si realizas la inversión entre octubre, noviembre y/o diciembre de este año, dicha inversión será subvencionada en su totalidad, con un límite de 7.000€, si bien las implantaciones pueden ser de mayor cantidad. A tener en cuenta: la inversión realizada en esta Fase II será prefinanciada por el comercio beneficiario. Es decir, la inversión subvencionada será inicialmente costeada por el comercio y en unos meses se le reembolsará dicha inversión.

 

mas  Información sobre Condiciones Generales y Tipología de Gastos elegibles

mas Información para PARTICIPAR

 

FEDER pie

 

Cámara de Gipuzkoa Avda. de Tolosa, nº 75 - 20018 Donostia-San Sebastián Tel. +34 943 00 03 00 - info@camaragipuzkoa.com